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La Justicia local definió protocolos y límites ante la problemática de las adicciones en adolescentes

Tras los reclamos de familiares y vecinos en Bell Ville, magistrados y funcionarios judiciales aclararon que las internaciones involuntarias dependen de una valoración médica previa.

La Justicia local definió protocolos y límites ante la problemática de las adicciones en adolescentes

Tras los reclamos de familiares y vecinos en Bell Ville, magistrados y funcionarios judiciales aclararon que las internaciones involuntarias dependen de una valoración médica previa.

El avance del consumo de sustancias en menores de edad ha generado una profunda preocupación en la comunidad de Bell Ville, manifestada recientemente a través de petitorios vecinales. Ante este escenario, referentes del Poder Judicial explicaron los mecanismos legales vigentes, subrayando que la intervención de un juez no es el primer paso, sino el último eslabón de un proceso interdisciplinario que prioriza la salud pública y los derechos constitucionales.

La Jueza Noelia Azcona profundizó sobre la naturaleza de los reclamos recibidos, aclarando que, si bien se solicita una "internación involuntaria masiva", la Justicia debe actuar sobre casos particulares y no sobre la generalidad de la problemática social. Según explicó la magistrada, el protocolo establece tres niveles de atención: el territorial (contención municipal), el ambulatorio (con criterio médico) y, finalmente, la internación como recurso extremo.

En sintonía, el Dr. Sergio Sánchez, Juez Civil, Comercial y de Familia, enfatizó que el Código Civil establece la valoración de un equipo médico como paso obligatorio. Los magistrados subrayaron que su función es de control y garantía para asegurar que cualquier medida restrictiva de la libertad sea por el menor tiempo posible y bajo el estricto cumplimiento de la ley.

Por su parte, el Dr. Eduardo Bruera, Juez Civil y Comercial, aclaró que la decisión de internar a una persona no depende unilateralmente de un juez. El magistrado detalló que el Poder Judicial arbitra los medios en función de un dictamen médico que establezca las condiciones necesarias para el tratamiento, velando siempre por la legalidad del acto.

Desde la Defensoría Pública, la Dra. Vanesa Nigro, de la Asesoría Letrada y de Familia, señaló un cambio normativo clave desde el año 2019. Según el acuerdo 1575 del Tribunal Superior de Justicia, la intervención de la asesoría comienza una vez que el área de salud mental de un hospital confirma un riesgo cierto e inminente para el paciente o para terceros.

Los funcionarios coincidieron en la necesidad de fortalecer una mesa de trabajo interdisciplinaria que involucre a la municipalidad, autoridades sanitarias y fuerzas vivas de la ciudad. El objetivo es brindar una contención integral a las familias, no solo durante la etapa crítica del consumo, sino también en el proceso posterior a la externación, un área donde la justicia no tiene competencia directa pero que resulta vital para la recuperación de los jóvenes.

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